DERECHOS HUMANOS DE POLICÍAS
La función policial no es una tarea mecánica, sino que profundamente humana, desempeñada por hombres y mujeres con los defectos y virtudes de la sociedad y el tiempo en el cual se desempeñan. Es en general un oficio insuficientemente reconocido y mal pagado en la mayoría de los países de América Latina. Nicaragua, con sus particularidades, no es la excepción. Todos identifican la necesidad de la labor policial cuando falta, pero mientras existe, menosprecian su valor. A pesar que la sociedad demanda un servicio policial de calidad, de que hay reconocimiento social por la evolución profesional que ha tenido la Policía en Nicaragua a pesar de los altibajos de la crítica pública por su actuación como gajes del oficio, no hay una compensación económica ni social suficiente. Una de las razones es la pobreza económica del país, pero también el frágil desarrollo histórico institucional que suele promover, casi como parte de la “cultura nacional”, la evasión, la corrupción pública y privada, el irrespeto al derecho ajeno y el clientelismo, desnaturalizando el carácter de servicio, la transparencia y el profesionalismo que deben ser inseparables en la búsqueda del bien común.
Frecuentemente se habla de los derechos humanos de los ciudadanos(as) y de la responsabilidad ineludible del Estado en garantizarlos. Eso es principal, ya que desde el poder estatal puede excederse, atentarse contra los derechos de las personas y alterar el “orden público”. Muy poco se comenta sobre las “garantías individuales” de quienes son uno de los instrumentos más visibles del poder público. Cuando no se respetan efectivamente, es más difícil que, estando investidos de legítima autoridad con facultades para usar la fuerza, garanticen de mejor manera los derechos del resto de ciudadanos(as).
Enumeremos cinco cuestiones en donde los derechos de los(as) policías no son garantizadas desde el Estado. Este asunto no es un problema actual, ha sido una constante por las condiciones socioeconómicas del país. Debería ser un asunto a considerar como parte de las políticas públicas en materia policial y de seguridad ciudadana:
- El 77% de los(as) policías (7330 de 9570) reciben un salario por debajo del costo de la canasta básica (BCN: C$ 4,541). Sin capacidad para cubrir el gasto familiar, están sumidos en condiciones de extrema pobreza, buscan ingresos en otras ocupaciones complementarias e informales; están en riesgo de ser vulnerados por “ayudas” de dudosas intenciones. Afortunadamente la fortaleza moral de la mayoría no ha generalizado la corrupción interna, pero es evidente que hay una vulnerabilidad que requiere atención.
- La jornada laboral de los policías en las áreas operativas, principalmente de los servicios de patrullas e investigaciones, incluye tiempos excesivos que les desgastan física y mentalmente. Los operativos especiales y ordinarios por celebraciones o conmemoraciones, fiestas patronales, los planes de lucha contra la delincuencia, etc. recaen sobre los hombros de miles de hombres y mujeres que no reciben ninguna compensación legítima por las horas extras cumplidas. La jornada de trabajo de muchos policías del nivel básico y ejecutivo es extenuante, descuidan a su familia y enfrentan mayor riesgo.
- Las condiciones de trabajo continúan siendo desafortunadamente inapropiadas. La mayoría de los dormitorios no tienen condiciones dignas para el descanso; los servicios higiénicos de muchas unidades son insalubres; en las celdas policiales los custodias comparten las mismas privaciones que los detenidos; la inversión en infraestructura es insuficiente, con frecuencia no hay dinero para el mantenimiento de las instalaciones; muchas veces los policías tienen que poner de su bolsillo o pedir para combustible.
- Para la prestación del servicio policial no se garantiza la protección personal del servidor público. ¿Cuántas horas tiene que pasar bajo el sol un agente de tránsito o un policía en un retén sin que cubra su piel con un bloqueador solar? ¿Qué consecuencias trae esto para la salud del agente? No hay capotes para todos(as), así que muchos(as) tienen que aguantar la lluvia o buscar algún alero donde guarecerse. Se carece de suficientes chalecos antibalas y del equipamiento técnico para brindarles protección y seguridad en sus actuaciones operativas.
- La aplicación de medidas disciplinarias basadas en el actual Reglamento (decreto 27 de 1996) constituyen una “violación institucional” a los derechos de los policías al no considerar la defensa efectiva ni las instancias colegiadas que juzguen o evalúen la falta administrativa; además de considerar “ilegalmente” la aplicación de la privación de libertad (artículos 14 al 17). Desde el diagnóstico institucional de 1999 se identificó que la vigencia del Reglamento Disciplinario violentaba derechos y las sanciones por faltas administrativas deberían ser de carácter administrativo y no privativas a la libertad, sin embargo, por distintas razones (costumbre, conveniencia, falta de mecanismos garantistas a lo interno) se ha postergado la aprobación de un nuevo instrumento disciplinario.
Hay en el país y la policía, dado su origen revolucionario y evolución, una reserva moral que permite sostenerla. Algo se ha hecho y se sigue haciendo; es evidente que es insuficiente, sino que lo digan los(as) policías en el silencio de sus preocupaciones. La dignificación de la carrera policial no se basa en reconocimientos publicados en campos pagados, sino en el respeto a la institucionalidad y a los derechos legítimos de quienes la integran. Es necesario revisar las prioridades del gasto y mejorar las condiciones de trabajo en la línea operativa. ¿Qué puede y debe hacer el Estado y la sociedad para mejorar el respeto a los derechos humanos de los(as) policías en medio de las limitaciones de país pobre y endeudado?