EN EL CAMINO POR CONQUISTAR Y PRESERVAR LA PAZ
En memoria de Tomás Borge, Renán Montero, Walter Ferretti,
Marcos Somarriba, Evaristo Vásquez, Charlotte Baltodano, Ma. Leticia Valle, …
“Sean centinelas de la alegría de nuestro pueblo”
Tomás Borge
Cuando el Estado de Nicaragua conforme sus facultades y el procedimiento legal establecido decide sustituir al Ministerio de Gobernación y crear el Ministerio del Interior (Ley 1184, La Gaceta Diario Oficial No. 237, del 29 diciembre 2023), no solo implicó el propósito legítimo de fortalecer las capacidades institucionales para garantizar el orden constitucional, preservar la seguridad ciudadana y salvaguardar el orden interior del país frente a las amenazas y riesgos actuales, sino que también reafirma una vez más la continuidad política, institucional e histórica con el proceso revolucionario iniciado a partir del triunfo de la Revolución Popular Sandinistas el 19 de julio de 1979.
El poder popular instaurado con la victoria revolucionaria promulgó para la nueva institucionalidad la Ley Creadora de los Ministerios de Estado mediante el decreto ejecutivo No. 6 aprobado el 20 de julio de 1979 y publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 01 del 22 de agosto del mismo año en el que instauró el Ministerio del Interior, institución heroica, eficaz y competente en la protección de la seguridad ciudadana, el orden interno y la defensa de la Revolución frente a las crueles y múltiples agresiones externas e internas para desestabilizar, perturbar y destruir el rumbo de esperanza y prosperidad emprendido.
El Gobierno de la Unión Nacional Opositora UNO que inauguró el período neoliberal de los gobiernos libero-conservadores (Barrios-Alemán-Bolaños: 25 abril 1990 – 9 enero 2007) promulgó el decreto-Ley No. 1-90 publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 87 del 8 de mayo de 1990 “Ley creadora de Ministerios de Estado” en el que sustituyó al Ministerio del Interior por el Ministerio de Gobernación redimensionando y limitando sus competencias. La Gaceta No. 102 del 3 de junio de 1998 publicó la Ley No. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”.
La victoria electoral de la alianza Nicaragua Unida Triunfa encabezada por el FSLN en noviembre de 2006 conquistó la presidencia con el compañero Cmdte. de la Revolución Daniel Ortega. La revolución inició la etapa actual para reafirmar la independencia, la soberanía y la autodeterminación del pueblo nicaragüense en la construcción de un modelo político, económico y social por la restauración de derechos, la promoción de la equidad y la solidaridad por el bien común. Mediante la Ley 612 del 24 de enero de 2007 (La Gaceta No. 20, del 29 de enero de 2007) y otras posteriores, el estado nicaragüense efectuó reformas y adiciones a la Ley 290 aunque preservó el nombre y en general las funciones del Ministerio de Gobernación.
El activo, dinámico, creativo y firme proceso revolucionario ha enfrentado con dignidad y buena voluntad las dramáticas circunstancias y el grave daño humano, moral, económico y social provocado en contra de la vida, el trabajo, el bienestar y las esperanzas de los nicaragüenses en el frustrado golpe del 2018, los antecedentes históricos de agresiones sistemáticas promovidos desde potencias imperialistas, las complicidades internas de vende patria y traidores que se prestan a servir al extranjero para entregarse, desestabilizar y destruir, las múltiples e inescrupulosas maniobras para atentar contra la paz y la seguridad, patrimonio común y fundamental de la nación, lo que requiere ser superado con responsable y oportuna precaución para anticiparse a la poderosa maquinaria que organiza, financia y activan agentes extranjeros y locales a quienes les resulta inaceptable que se rompan las hegemonías oligarcas, las dependencias imperiales, coloniales y neocoloniales para favorecer a los sectores tradicionalmente excluidos y asumir la capacidad de autodeterminación en la construcción de un modelo político, social, económico y comunitario propio.
Las agresiones contra esta pequeña y digna nación centroamericana en el siglo XX son suficientemente conocidas y condenadas por el derecho internacional. La prolongada y vergonzosa ocupación militar desde 1912 a 1933, el asesinato a traición de Sandino y las masacres contra los sandinistas, la instauración de la dictadura somocista por Estados Unidos desde 1934 hasta 1979, la política intervencionista contra Nicaragua que llevó a la guerra contrarrevolucionaria y de desestabilización promovida por el perturbador de siempre desde 1981 hasta 1990, las numerosas maniobras desestabilizadoras plagadas de amenazas y agresiones de nuevo y viejo tipo que han sido más visibles y denunciadas en particular durante la última década, los sucesos del fallido golpe sustentado en la manipulación y la desinformación expresaron el grado de intromisión de los actores extranjeros con otros locales entre los que se confabularon grupos políticos, religiosos, empresariales y sociales quienes desnaturalizaron su razón de ser y se prestaron por intereses egoístas en convertirse en instrumentos útiles del agresor.
Frente a ello siempre estuvo presente la resistencia heroica de los nicaragüenses dignos y patriotas como Benjamín Zeledón, al inicio de la primera intervención americana en 1912, la lucha popular y antiimperialista por la soberanía de Augusto C. Sandino entre 1927 y 1933 cuya herencia inmortal fue retomada por muchos como Rigoberto López, Santos López, Carlos Fonseca, Leonel Rugama, Julio Buitrago, Silvio Mayorga … junto a miles de combatientes populares hasta llevar a la Liberación Nacional que conquistó el triunfo sandinista. Después vino la ardua defensa política, diplomática y militar de la revolución durante la década del ochenta y el actual compromiso por avanzar, preservar la paz, la soberanía y la autodeterminación utilizando todos los instrumentos políticos, sociales e institucionales de los que el Estado y la sociedad nicaragüense tienen derecho legítimo.
La reciente Ley 1184 establece las funciones y estructura del Ministerio del Interior, lo define como “el órgano del Estado al que corresponde implementar, mantener y ejecutar las medidas necesarias para garantizar la seguridad ciudadana, del Estado y el Orden Interno en el territorio nacional” y aunque no posee –por el contexto histórico distinto en el que surge- todos los componentes de la antigua entidad, articula los órganos que la conforman e integra la jerarquía profesional en la carrera policial de sus miembros para mejorar la articulación y efectividad orgánica y operativa en función de su propósito.
El Cmdte de la Revolución Tomás Borge dijo: “Es posible amar tanto sin odiar a los enemigos de nuestro pueblo, nosotros no sentimos odio hacia ellos y lo hemos demostrado en la práctica, pero eso no significa que no debamos ser enérgicos para desnudar sus errores, que no debamos ser enérgicos para castigar sus culpas, que no debamos ser fuertes y enérgicos para eliminar sus pecados, aunque de esa manera tratemos de salvar al pecador. No hay pecado más grande que atentar contra la felicidad del pueblo, no hay pecado más grande, que el pecado contra el pueblo y ese pecado no tiene absolución…”. (18.05.1980, aniversario Hogar Zacarías Guerra).
La restauración del Ministerio del Interior expresa la decisión soberana por continuar creando las condiciones institucionales efectivas para proteger el bien común, preservar las conquistas populares, anticiparse a los agresores internos y externos de ayer, de hoy y de siempre sustentados en la lucha popular inclaudicable por la fidelidad histórica que la dignidad patriótica demanda.