SEGURIDAD PRIVADA, COMPLEMENTO A LA SEGURIDAD PÚBLICA
Desde corrientes reformistas de la administración de empresas en las últimas décadas del siglo pasado, se enfatizó que, para lograr rentabilidad y eficiencia, las empresas debían enfocarse al giro específico de su actividad y no diluirse en gestiones de apoyo o complementarias que absorben tiempo y distraen la atención de los gerentes quienes requieren especializarse en el mercado al cual se inserta. Lidiar con la conflictividad cotidiana de esas cuestiones requiere destrezas adicionales. Una empresa cuyo giro es el servicio de restaurante, prefiere subcontratar el mantenimiento de equipos e instalaciones, los suministros, la vigilancia. Otras, contratan servicios para reclutar y capacitar al personal, la contabilidad, el mantenimiento del transporte, la publicidad, etc.
A la par de lo anterior, ha surgido en la convivencia social, en el contexto postmodernista, que conlleva globalización, desregulación, desarrollo de la tecnología y las comunicaciones, la preeminencia de la imagen, la pérdida de identidad, la crisis entre lo local y lo global, la ruptura de las fronteras entre lo lícito y lo ilícito. La población de nuestros países ha crecido desordenada y significativamente, el hacinamiento, la desigualdad y la pobreza, el despliegue urbanístico espontáneo y excluyente de las ciudades, la falta de servicios básicos para satisfacer la demanda creciente, las limitaciones del Estado, su respuesta tradicionalmente reactiva, las dificultades del consenso y de la administración oportuna de los conflictos sociales, todo ello, ha redundado en que se manifieste una tendencia de crecimiento de la violencia delictiva y la percepción de seguridad, se deteriore la confianza en las instituciones estatales, particularmente las de justicia y seguridad.
Ambas cosas no son ajenas, han sido fenómenos globales que se manifiestan particularmente en Latinoamérica dadas sus características históricas y socioculturales. A partir de fines de la década del ochenta y principalmente durante la del noventa, al concluir los regimenes autoritarios y las dictaduras militares instauradas en casi todos los países, fue promovida la reforma al sistema jurídico, al Estado y al sector privado. Se puso fin a la guerra y miles de desmovilizados de las fuerzas regulares e irregulares buscaron opciones de reinsersión a la vida laboral y social, procesos inconclusos apoyados parcialmente por la comunidad internacional y los gobiernos.
Se desarrolló, entre otras, una oportunidad de negocio: la seguridad privada. La demanda creó la oferta. Por un lado, las empresas, desde la doctrina administrativa, necesitaban enfocarse en su naturaleza sustantiva para ser competitivas, por otro lado, la inseguridad era creciente y finalmente, el Estado disminuía su propia capacidad de prestar seguridad y protección. La cantera de gerentes, supervisores y vigilantes, estaba disponible entre los propios desmovilizados.
Lo anterior no quiere decir que la vigilancia privada sea nueva, en Nicaragua, han existido siempre, como vigilantes en barrios contratados por los vecinos o manejados en empresas de distinto giro económico (Cuerpo de Protección Física, CPF). El boom fue en la década recién pasada al surgir muchas empresas formalmente organizadas. Según datos de la Policía, a mediados de 2008, había 14 mil vigilantes en 108 empresas autorizadas con 7 mil armas registradas. El dato es parcial, no incluye a numerosos celadores que prestan tradicionalmente este servicio en diversas modalidades. El problema no es la existencia de empresas o guardas privados que prestan un necesario servicio a negocios y vecinos, sino cual es la efectiva capacidad reguladora estatal. En Estados Unidos, para 1995 había 1 policía (federal, estatal o local) por cada 7 privados, sin embargo, ante esa relación, los norteamericanos en general no perciben ninguna amenaza. En Guatemala, la insuficiente regulación, puede generar grupos armados paralelos al margen del control institucional.
Las empresas privadas de vigilancia, deben estar sujetas a tres tipos de regulaciones. La primera abarca a cualquier empresa comercial (obligaciones legales, laborales, fiscales). La segunda es que, debido a que por su naturaleza utiliza armas de fuego y municiones, debe cumplir las normas específicas (Ley 510, 2004) para la compra, tenencia, uso, registro y almacenamiento. La tercera, debe ser una regulación especial para contratar, supervisar y organizar al personal, que regule a las empresas de vigilancia y protección y a quienes ejerzan el oficio de vigilantes.
En Nicaragua, la Ley 228, arto 3, inc. 17, atribuye a la Policía entre sus funciones: “Autorizar, reglamentar, realizar inspecciones, controlar o suspender en su caso a las entidades y servicios públicos y privados de seguridad y vigilancia, sean personas naturales y jurídicas, así como el control de su personal y sus medios de actuación”. En disposición administrativa su Director General, estableció las regulaciones sobre la materia, que no son de suficiente obligatoriedad. Aunque afortunadamente entre la Policía y las empresas privadas existe una relación profesional y de control básico, este ámbito necesita una ley para que la seguridad privada coadyuve efectivamente, en función de la seguridad ciudadana, con la seguridad pública. La seguridad privada (policía privada o guardas de seguridad) no debe ser vista como competencia, sino, en el contexto de las realidades de inseguridad y riesgos delictivos, mecanismo complementario que contribuye a la seguridad de las personas y sus bienes bajo responsabilidad ineludible del Estado. Ideal podría ser que el sector público asuma plenamente la seguridad, la salud y la educación, pero no es factible; quienes puedan pagar que paguen de acuerdo a sus posibilidades y preferencias. Las empresas y personas que puedan costear protección para su finca, negocio o vivienda en el marco de la regulación estatal, pueden hacerlo, así el Estado, en su limitada capacidad policial/preventiva, debe abocarse principalmente a atender a la gran mayoría de ciudadanos(as) en barrios y comarcas de zonas urbanas y rurales, que demandan prevención y auxilio policial.